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Artículo 49 de la Ley 4.180 · Aprueba proyecto de pavimentacion de santiago

Aprueba proyecto de pavimentacion de santiago

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24542 / 10063463.

Texto oficial

Art. 49. La propiedad fiscal situada en la Avenida Matucana esquina de la Avenida Errázuriz, donde funciona hoy la fábrica de asfalto con sus maquinarias, lo mismo que todos los elementos de trabajo de que en la actualidad se dispone en la construcción y conservación de los pavimentos que se ejecutan en Santiago bajo la dirección fiscal, a excepción de los rodillos a que se refiere el artículo 11 transitorio, pasan a ser propiedad de la Municipalidad de Santiago y quedan a disposición de la Dirección de Pavimentación creada por esta ley, no pudiendo destinarse a otros usos que a lo relacionado con la ejecución, conservación y reparación de los pavimentos. Para conceder la fábrica en arrendamiento o como parte de precio en contratos de conservación se necesitará autorización legislativa.