Texto oficial
Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República, para que contrate por cuenta de la Municipalidad de Ñuñoa y con garantía fiscal un empréstito que produzca hasta la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250,000), en las condiciones que establece el artículo 4.o de la ley número 3,546, de 27 de Agosto de 1919, suma que se destinará a los trabajos de pavimentación y demás gastos autorizados por la ley número 4,012, de 22 de Mayo de 1924.