Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 4.182

Autoriza presidente de la república para contratar,;por cuenta de la municipalidad de ñuñoa, empréstito por;$ 250,000 para pavimentación y cuenta bancaria por $;200,000, para gastos que demande la ley 4,012.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24544 / 5958667.

Texto oficial

Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República, para que contrate por cuenta de la Municipalidad de Ñuñoa y con garantía fiscal un empréstito que produzca hasta la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250,000), en las condiciones que establece el artículo 4.o de la ley número 3,546, de 27 de Agosto de 1919, suma que se destinará a los trabajos de pavimentación y demás gastos autorizados por la ley número 4,012, de 22 de Mayo de 1924.