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Artículo 13 del Decreto Con Fuerza de Ley 258

Fija normas sobre inversiones de capitales extranjeros en chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245440 / 6554150.

Texto oficial

Artículo 13.o Las empresas nacionales establecidas en el país, o que se establezcan, que sean similares a otras instaladas o que se instalen de acuerdo con el presente DFL, que gocen de una o más de las franquicias establecidas en las letras a), b), c) y e) del artículo 8.o, tendrán también las mismas franquicias que se hubieren conferido, a partir de la fecha en que ellas rijan para la respectiva empresa similar y mientras aquéllas subsistan.