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Artículo 25 del Decreto 910

Aprueba reglamento para el transporte y tránsito de personas en red de metro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245443 / 8573106.

Texto oficial

Art. 25º.- Los que se resistieren a las representaciones o requerimientos de los Agentes del Metro, acerca de la observancia de este Reglamento o de los de seguridad, disciplina y operación de la Red de Metro, además de la multa administrativa de hasta un sueldo vital mensual de la provincia de Santiago, serán sancionados con las penas de prisión y multa previstas en el artículo 124º de la Ley General de Ferrocarriles del Estado, sin perjuicio de la que corresponda a los actos que se ejecutaren en contra del o de los Agentes que los hubieren requerido.