Saltar al contenido

Artículo 11 del Decreto 223

Aprueba reglamento sobre otorgamiento del "premio pedro sienna" al arte y a la industria audiovisual nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 245630 / 8662231.

Texto oficial

Artículo 11: Nominación. Para cada una de las categorías señaladas en el artículo 8º, con exclusión de los literales a), b) y c), se elegirán hasta cinco obras o personas nominadas, mediante votación. El Consejo del Arte y la Industria Audiovisual definirá cuál o cuáles Subcomités de Especialistas, señalados en el artículo 15, intervendrán en cada votación; salvo para los casos indicados en el artículo 13. Cada especialista del o de los Subcomités convocados podrá votar hasta por cinco preferencias en cada categoría en la que deba intervenir de entre todas las postulaciones presentadas a la convocatoria. Quedarán nominadas las postulaciones que obtengan las cinco primeras mayorías en la respectiva categoría. Si en alguna categoría ninguna postulación obtuviese votos, ésta será declarada desierta. Si en una categoría hubiere menos de cinco obras y/o personas votadas, quedarán nominadas todas las postulaciones que obtengan votos.