Texto oficial
Artículo 5º: Selección. Cada integrante del Comité
General, mencionado en el artículo 14 del presente decreto,
votará individualmente por un candidato. El ganador al
premio Destacada Trayectoria será el candidato que obtenga
la mayoría de los votos emitidos.
El Comité General podrá, por unanimidad de sus
miembros, declarar desierto el premio.