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Artículo 2 de la Ley 4.208

Modifica el artículo 52 del decreto-ley 767, de;1925, sobre descuentos y beneficios caja nacional de;empleados públicos y periodistas, personal diplomático y;consular.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24565 / 7168322.

Texto oficial

Art. 2.o Substitúyese la letra a) del artículo 14 de la ley número 4,075, de 30 de Julio de 1926, por la siguiente: "a) Las pensiones de jubilación de los funcionarios y empleados del servicio diplomático y consular, se concederán tomando como base los sueldos indicados en el texto reformado del artículo 52 del decreto-ley número 767, de 17 de Diciembre de 1925".