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Artículo 12 de la Ley 4.228

Ley 4.228

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24585 / 8829307.

Texto oficial

Art. 12. Las acciones de la clase "A", serán emitidas por un valor total de cinco millones de pesos ($ 5.000,000), y serán subscritas en su totalidad por el Estado. Estas acciones no podrán ser enajenadas.