Saltar al contenido

Artículo 40 de la Ley 4.228

Ley 4.228

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24585 / 8829335.

Texto oficial

Art. 40. Cada vez que se emplee en esta ley la denominación Compañía de Seguros, se entenderá que ella se refiere a todas las entidades comprendidas en el artículo 37.