Texto oficial
Art. 40. Cada vez que se emplee en esta ley la denominación Compañía de Seguros, se entenderá que ella se refiere a todas las entidades comprendidas en el artículo 37.
Ley 4.228
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24585 / 8829335.