Texto oficial
Artículo 1.o Se autoriza al Presidente de la República para emitir bonos del Estado hasta por un valor total de cuarenta y siete millones de pesos ($ 47.000,000) y los cuales serán destinados a cancelar los aportes fiscales, acumulados hasta el 31 de Diciembre de 1928, que se adeuden a la Caja de Seguro Obrero, creada por la ley número 4,054, y la Caja Nacional de Empleados Públicos, creada por el decreto-ley número 454.