Texto oficial
Art. 3.o Esta ley comenzará regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza a los bancos y la caja nacional de ahorros, para que reduzcan sus encajes en las proporciones que se indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24620 / 7168445.