Texto oficial
Art. 3.o Mientras se instale el Juzgado que se crea por esta ley, continuará el actual Juzgado conociendo de todos los negocios pendientes hasta esa fecha.
Crea un segundo juzgado de letras de mayor cuantia en el departamento de valdivia.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24623 / 8856794.