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Artículo 3 de la Ley 4.281

Autoriza la inversion hasta la cantidad de $10.000,000 para efectuar los trabajos tecnicos necesarios para comprobar la existencia de petroleo en el pais.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24627 / 5959015.

Texto oficial

Art. 3.o Esta ley regirá desde su publicación en el Diario Oficial.