Texto oficial
Art. 6° Se declaran de utilidad pública los terrenos que por decreto supremo se establezca ser necesarios para la ejecución de las obras a que se refiere la presente ley.
Autoriza la contratacion de un emprestito hasta la suma de $ 14.000,000 destinado a obras de mejoramiento de la ciudad de viña del mar.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24628 / 8277376.