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Artículo 5 de la Ley 4.283

Autoriza la contratacion de un emprestito hasta la suma de $ 14.000,000 destinado a obras de mejoramiento de la ciudad de viña del mar.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24628 / 8277375.

Texto oficial

Art. 5° Se establece un derecho de peaje en el camino de Viña del Mar a Concón, con las siguientes tarifas: Autocamiones y autobuses de cualquiera capacidad, un peso ($ 1.00). Automóviles particulares o de arriendo y de cualquier tamaño, un peso ($ 1.00). Carretas de dos ruedas, arrastradas por una o más yuntas de bueyes, un peso cuarenta centavos ($ 1.40). Carretas de cuatro ruedas, arrastradas por una o más yuntas de bueyes, un peso ($ 1.00). Coches con caballos, sesenta centavos ($ 0.60). Carretones de dos ruedas, con capacidad para una tonelada y media, sesenta centavos ($ 0.60). Carretones de cuatro ruedas, con igual capacidad, cuarenta centavos ($ 0.40). Carretelas de dos ruedas, veinte centavos ($ 0.20). Motocicletas, diez centavos ($ 0.10). Para piños de ganado se aplicará la tarifa de diez centavos ($ 0.10), por cabeza de ganado mayor y de dos centavos ($ 0.02) por cabeza de ganado menor.