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Artículo 3 TRANSITORIO de la Ley 15.566 · Establece la planta de los funcionarios de la sindicatura general de quiebras

Establece la planta de los funcionarios de la sindicatura general de quiebras

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246281 / 6557304.

Texto oficial

Artículo 3.o- El encasillamiento dispuesto por la presente ley se hará por el Síndico General dentro del plazo de treinta días, contado desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".