Texto oficial
Artículo 3.o- El encasillamiento dispuesto por la presente ley se hará por el Síndico General dentro del plazo de treinta días, contado desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial".
Establece la planta de los funcionarios de la sindicatura general de quiebras
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246281 / 6557304.