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Artículo 13 de la Ley 4.303

Ley 4.303

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24644 / 7168507.

Texto oficial

Art. 13. Autorízase al Presidente de la República para fijar, durante el año 1928, la distribución de detalle de los ítem globales contenidos en el Presupuesto Extraordinario. En dichos ítem se incluirán en primer término las obras públicas ya iniciadas contratadas o con autorización suficiente para ser contratadas o ejecutadas por administración.