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Artículo 14 de la Ley 4.312 · Establece el instituto de credito industrial

Establece el instituto de credito industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24651 / 7168576.

Texto oficial

Art. 14. Los empleados del Instituto de Crédito Industrial, serán considerados como empleados particulares.