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Artículo 20 de la Ley 4.312 · Establece el instituto de credito industrial

Establece el instituto de credito industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24651 / 7168583.

Texto oficial

Art. 20. El contrato de prenda industrial puede celebrarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 5.o, inciso 1.o de la ley de prenda agraria con excepción de documento privado firmado ante oficial de Registro Civil, quien tampoco podrá autorizar endosos del contrato de prenda industrial.