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Artículo 19 de la Ley 4.312 · Establece el instituto de credito industrial

Establece el instituto de credito industrial

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24651 / 7168582.

Texto oficial

Art. 19. El contrato de prenda industrial se regirá por las disposiciones de la ley número 4,097, de 24 de Septiembre de 1926, modificada por la ley número 4,163, de 24 de Agosto de 1927, y de la prenda en general, exceptuados los artículos 1.o y 2.o de las citadas leyes de prenda agraria letra c) del artículo 19 e inciso 2.o del artículo 23 de la ley citada, y con las salvedades que se indican en los artículos siguientes.