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Artículo 10 de la Ley 4.321 · Arancel aduanero

Arancel aduanero

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24660 / 7168612.

Texto oficial

Art. 10. Cuando se presenten mercaderías o productos con rótulos que les atribuyan condiciones o calidades superiores a las verdaderas, se aplicará el derecho que corresponda a lo indicado en esos rótulos, aunque el contenido guarde conformidad con lo expresado en la póliza respectiva.