Texto oficial
Art. 14. Autorízase al Presidente de la República para hacer extensivas, previo informe de la Junta General de Aduanas, las franquicias aduaneras otorgadas al Territorio de Magallanes, hasta el paralelo 42, dentro del continente.
Arancel aduanero
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24660 / 7168616.