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Artículo 5 del Decreto 173

Aprueba reglamento de laboratorios privados de salud publica de caracterizacion de residuos peligrosos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246682 / 6558627.

Texto oficial

Artículo 5º.- El Instituto de Salud Pública, en cumplimiento de su función de Laboratorio Nacional de Referencia, normalizará las técnicas analíticas, procedimientos y metodologías para la caracterización de residuos peligrosos y evaluará anualmente a los laboratorios autorizados, por medio del programa de ensayo interlaboratorio, para determinar la fidelidad de éstos a las técnicas y procedimientos empleados y la confiabilidad de los resultados que obtienen. El producto de estas evaluaciones será comunicado al Secretario Regional Ministerial competente, para su conocimiento y la adopción de las medidas a que haya lugar.