Texto oficial
Artículo 17.- Corresponderá a la autoridad sanitaria fiscalizar la aplicación y cumplimiento del presente reglamento, de conformidad con las disposiciones del Libro Décimo del Código Sanitario.
Aprueba reglamento de laboratorios privados de salud publica de caracterizacion de residuos peligrosos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246682 / 6558641.