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Artículo 4 del Decreto Ley 155

Modifica el decreto-ley n.o 69

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 246856 / 7327258.

Texto oficial

Art. 4.o Agréganse a continuación del artículo anterior, los siguientes: "Art... De las rentas de arrendamiento que ingresen en arcas fiscales, se destinará una cantidad equivalente hasta el 10% del total, para efectuar las reparaciones urgentes que sea menester hacer en las propiedades arrendadas y para los gastos de fiscalización de su ejecución." "Art... La cantidad total a que ascienda dicho 10% se consultará globalmente en el Presupuesto Anual de la Nación, salvo en el presente año, en el cual, los gastos se imputarán con cargo a esta ley".