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Artículo 1 de la Ley 4.375

Autoriza a la municipalidad de antofagasta para;conceder a la compañía de gas de valparaíso, hasta por;cincuenta años, el uso del subsuelo de calles, plazas,;caminos y demás vías públicas de esa ciudad, con el;objeto de establecer el servicio de gas de alumbrado y;de calefacción.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24692 / 8277438.

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de la comuna de Antofagasta para conceder a la Compañía de Gas de Valparaíso, hasta por el término de cincuenta años, y sin perjuicio de los derechos de terceros, el uso del subsuelo de calles, plazas, caminos y demás vías públicas de dicha ciudad, con el objeto de establecer el servicio de gas de alumbrado y de calefacción.