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Artículo 2 de la Ley 4.375

Autoriza a la municipalidad de antofagasta para;conceder a la compañía de gas de valparaíso, hasta por;cincuenta años, el uso del subsuelo de calles, plazas,;caminos y demás vías públicas de esa ciudad, con el;objeto de establecer el servicio de gas de alumbrado y;de calefacción.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24692 / 8277439.

Texto oficial

Art. 2.o Esta concesión quedará subordinada a los términos del contrato que deberá celebrarse antes del 1.o de Enero de 1929, entre la citada Municipalidad y la Compañía mencionada, y que deberá someterse a la aprobación del Presidente de la República. Si este contrato no se formalizare dentro del plazo señalado, quedará sin efecto la autorización otorgada por la presente ley.