Texto oficial
Art. 3.o Esta ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Autoriza a la municipalidad de antofagasta para;conceder a la compañía de gas de valparaíso, hasta por;cincuenta años, el uso del subsuelo de calles, plazas,;caminos y demás vías públicas de esa ciudad, con el;objeto de establecer el servicio de gas de alumbrado y;de calefacción.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24692 / 8277440.