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Artículo 29 de la Ley 4.388

Establece impuestos a los billetes o entradas a los espectaculos y a los discos y demás piezas musicales adaptables a instrumentos de funcionamiento mecanico.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24705 / 9078672.

Texto oficial

Art. 29. En los juicios ejecutivos que, de acuerdo con el artículo anterior, inicie la Dirección General de Impuestos Internos, no se admitirán otras excepciones que las de pago y falsedad de título.