Texto oficial
Artículo 1.o Se condonan los impuestos sobre produción de vinos y chichas correspondientes a los años anteriores a 1927, a los deudores morosos propietarios de viñas cuya superficie total no exceda de media hectárea.
Condona los impuestos sobre produccion de vinos y chichas, correspondientes a los propietarios de viñas cuya superficie no exceda de media hectarea.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24714 / 5959503.