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Artículo 1 de la Ley 10.811 · Fija diversos caminos que la direccion general de obras publicas debera pavimentar

Fija diversos caminos que la direccion general de obras publicas debera pavimentar

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 247369 · idParte: 8925697

Texto oficial

Artículo 1.o La Dirección General de Obras Públicas procederá a pavimentar los siguientes caminos de la provincia de Talca y hasta su total terminación: Talca a San Clemente hasta Bajo Perquín, Molina a Lontué por Casa Blanca, Talca a Duao, Panguilemu a Pelarco, San Miguel a Las Rastras, Camarico a Cumpeo, Lontué a Villa Prat, Talca a Pencahue, Talca a La Villa Colin), San Clemente a Mariposas y Molina a Cumpeo, en la forma y condiciones que ella determine y cuyo valor se financiará de acuerdo con las prescripciones de la presente ley.