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Artículo 8 de la Ley 10.811 · Fija diversos caminos que la direccion general de obras publicas debera pavimentar

Fija diversos caminos que la direccion general de obras publicas debera pavimentar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247369 / 8925704.

Texto oficial

Artículo 8.o Se destinará el cinco por ciento (5%) del rendimiento del impuesto consultado en el artículo 2.o, más igual porcentaje sobre el aporte fiscal, al mejoramiento del camino de Talca a Curepto.