Texto oficial
Artículo 36.- Aquellos postulantes que se consideren
perjudicados en el proceso de preselección para la
obtención de incentivos, podrán solicitar, dentro del
plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de la
publicación a que se refiere el artículo anterior, la
reconsideración de su situación ante el Director Regional
del SAG, adjuntando los antecedentes que fundamenten su
petición.
El funcionario señalado se pronunciará sobre la
reconsideración dentro de los 5 días hábiles desde su
interposición. En tanto no se resuelvan las
reconsideraciones, no se entenderá a firme la lista de
seleccionados. Si en un concurso todos los postulantes
hubieren quedado preseleccionados, no procederá lo
señalado en los incisos anteriores.
El hecho de estar a firme la selección se publicará
en un diario de circulación regional o nacional.