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Artículo 1 de la Ley 14.097

Autoriza a la municipalidad de la granja para contratar uno o varios emprestitos que produzcan hasta la suma de eº 50.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247412 / 9005178.

Texto oficial

Artículo 1.o Autorízase a la Municipalidad de La Granja para contratar directamente con el Banco del Estado de Chile u otra institución de crédito uno o más préstamos que produzcan hasta la suma de cien mil escudos (Eº 100.000.-) a un interés no superior al bancario corriente y con una amortización que extinga la deuda en el plazo máximo de cinco años.