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Artículo 33 de la Ley 4.447

Ley 4.447

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24742 / 7168868.

Texto oficial

Art. 33. Cuando en la instrucción de un proceso apareciere comprometido como autor, cómplice o encubridor, un menor que, con arreglo a la ley, esté exento de responsabilidad, el Tribunal deberá ponerlo a disposición del Juez de Menores, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso siguiente. Las disposiciones de esta ley, no impedirán las medidas de investigación u otras privativas de los Tribunales ordinarios de justicia.