Texto oficial
Artículo 13. Para los efectos de la contratación del empréstito, no regirán las disposiciones restrictivas de las leyes y reglamentos orgánicos de la Caja Nacional de Ahorros.
Autoriza a la municipalidad de vallenar para contratar emprestito hasta por la suma de $ 2.000,000
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247426 / 6561853.