Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 6.741 · Aumenta sueldos al personal de la beneficencia publica

Aumenta sueldos al personal de la beneficencia publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 247427 / 7328083.

Texto oficial

Artículo 2.o Auméntase, a contar desde el 1.o de Julio de 1940, en uno por mil el impuesto fiscal sobre la propiedad raíz, establecido en el artículo 19 de la Ley número 4,174, de 5 de Septiembre de 1927.