Saltar al contenido

Artículo 14 del Decreto 126

Sustituye decreto nº 139, de 1998, que introduce modificaciones al decreto nº 52, de 1995, que reglamenta becas indigenas y fija su texto refundido

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 247480 · idParte: 6562076

Texto oficial

Artículo 14: El beneficiario(a) del Programa que haya accedido a la beca podrá: a) Solicitar a la Dirección Regional de Junaeb información respecto de su situación personal en el Programa, y b) Solicitar a la Dirección Regional de Junaeb la certificación de la calidad de beneficiario(a) del Programa.