Texto oficial
Artículo 7.o Substitúyese el artículo 17, por el siguiente:
"Art. . . . La persona que solicitare un préstamo para la instalación de un establecimiento se presentará por escrito a la Dirección, acompañando los títulos que acrediten su derecho y los documentos que han de servir de base a la operación. Podrá también acompañar un proyecto de la instalación que se propone construir".