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Artículo 3 de la Ley 4.557

Ley 4.557

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24756 / 7169084.

Texto oficial

Art. 3.o El Instituto estará a cargo de un Director, nombrado por el Presidente de la República, y tendrá los siguientes Departamentos: de Inmunología, de Bacteriología, de Bioquímica y de Control. Cada uno de estos cuatro Departamentos estará a cargo de un jefe. La Administración del Instituto será ejercida por un Consejo Directivo, formado por el Director y los Jefes de Departamentos.