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Artículo 7 de la Ley 4.557

Ley 4.557

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24756 / 7169088.

Texto oficial

Art. 7.o Los actuales Laboratorios de Investigación de la Dirección General de Sanidad, serán destinados al Instituto Bacteriológico de Chile.