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Artículo 63 de la Ley 4.558 · Ley num. 4,558 sobre quiebras

Ley num. 4,558 sobre quiebras

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24757 / 7169164.

Texto oficial

Art. 63. La resolución que declara la quiebra, fija irrevocablemente los derechos de todos los acreedores en el estado que tenían el día anterior al del pronunciamiento, sin perjuicio de los casos especialmente previstos en la ley.