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Artículo 2 transitorio de la Ley 4.558 · Ley num. 4,558 sobre quiebras

Ley num. 4,558 sobre quiebras

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24757 / 7169369.

Texto oficial

Art. 2.o Las quiebras, concursos y cesiones de bienes iniciadas con anterioridad a la fecha en que esta ley entre en vigencia, seguirán rigiéndose por las leyes actualmente en vigor.