Texto oficial
Artículo 1. Objeto. El presente reglamento tiene por
objeto regular el Régimen Artesanal de Extracción (RAE),
para lo cual:
a) determinará los casos en que resulta procedente
establecer este régimen y la unidad de asignación que se
empleará;
b) fijará el procedimiento a través del cual se
establece y;
c) señalará los elementos que componen la historia real
de desembarque para efectos de la distribución de la
fracción artesanal de la cuota.