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Artículo 71 de la Ley 4.657 · Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Establece disposiciones generales, relativas a la emision de debentures

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24810 / 8829540.

Texto oficial

Art. 71. En los casos del artículo 68, o siempre que hubiere motivo grave, los representantes de los tenedores de bonos podrán también pedir al Presidente de la República la revocación del decreto que autorizó la existencia de la sociedad.