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Artículo 35 de la Ley 4.702 · Ley sobre compraventa de cosas muebles a plazo

Ley sobre compraventa de cosas muebles a plazo

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 24843 · idParte: 8277643

Texto oficial

Art. 35. Incurrirán también en las penas que se aplican al delito de estafa, los que, con perjuicio de tercero, simularen contratos en cualquiera forma para acogerse a las disposiciones de la presente ley.