Texto oficial
Artículo 16.o- La Junta Calificadora del Personal de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales se integrará por los Jefes de los Departamentos de Mensura, de Bienes Nacionales y Títulos, por el Abogado Asesor, por el Secretario General-Abogado y por un representante del personal que se elegirá de acuerdo con las normas que establezca el Reglamento. Servirá de Secretario el Jefe de la Oficina del Personal.