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Artículo 16 de la Ley 15.191

Fija las plantas del personal del ministerio de tierras y colonizacion y sus servicios dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 248521 · idParte: 7328699

Texto oficial

Artículo 16.o- La Junta Calificadora del Personal de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales se integrará por los Jefes de los Departamentos de Mensura, de Bienes Nacionales y Títulos, por el Abogado Asesor, por el Secretario General-Abogado y por un representante del personal que se elegirá de acuerdo con las normas que establezca el Reglamento. Servirá de Secretario el Jefe de la Oficina del Personal.