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Artículo 4 transitorio de la Ley 15.191

Fija las plantas del personal del ministerio de tierras y colonizacion y sus servicios dependientes

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 248521 · idParte: 7328706

Texto oficial

Artículo 4.o- Si, por cualquier montivo, algún funcionario de los Servicios a que se refiere el artículo 1.o permanente, no tuviere vigente una calificación se tendrá por tal, para los efectos de lo dispuesto en el artículo 10.o, la última que le hubiere sido aplicada.