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Artículo 11 de la Ley 16.397

Establece normas para el personal afectado con ocasion del naufragio del remolcador de alta mar janequeo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 248529 / 7328721.

Texto oficial

Artículo 11.o- Introdúcense las siguientes modificaciones al DFL. N.o 209, de 1953: a) Agrégase el siguiente inciso al artículo 44.o: "El montepío a que se refiere este artículo no podrá ser inferior, en ningún caso, al monto de un sueldo vital Escala A del departamento de Santiago." b) Agrégase el siguiente inciso al artículo 55.o: "Para los efectos de lo establecido en el artículo 10.o de este decreto con fuerza de ley, el plazo a que se refiere su inciso cuarto se contará desde el día 1.o del mes en que hubiere ocurrido el accidente o catástrofe."