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Artículo 2 de la Ley 4.741 · Modifica el escalafón consular de la república.

Modifica el escalafón consular de la república.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24877 / 5960647.

Texto oficial

Art. 2.o El gasto que implica la creación de los nuevos cargos, se deducirá de los mismos fondos con que se mantenían los que se trasladan por medio de la presente ley.