Texto oficial
Art. 2.o El gasto que implica la creación de los nuevos cargos, se deducirá de los mismos fondos con que se mantenían los que se trasladan por medio de la presente ley.
Modifica el escalafón consular de la república.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 24877 / 5960647.